La nueva Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo garantiza los derechos fundamentales de la salud sexual y reproductiva, establece las obligaciones del gobierno y regula las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo.
La Interrupción voluntaria del embarazo se debe practicar por un médico especialista o bajo su dirección, en un centro sanitario público o privado acreditado y con el consentimiento expreso y por escrito de la mujer embarazada.
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